El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un Real Decreto que sustituye la norma de julio de 2017 que regula el potencial de producción vitícola. El nuevo Real Decreto tiene como objetivo mejorar la aplicación en España del sistema de autorizaciones de viñedo que entró en vigor el 1 de enero de 2016.

Las principales novedades de este Real Decreto son consecuencia de los cambios introducidos en el sistema de autorizaciones, por la modificación de la normativa comunitaria que entró en vigor en enero de 2018. Se incluye así un nuevo criterio de admisibilidad que exige que el solicitante no tenga superficies de viñedo ilegal o no autorizadas.

También se establece un límite máximo de 5 hectáreas de superficie admisible por solicitante y se añade la exigencia de ser joven viticultor al solicitante que cumpla con el criterio de prioridad de buen comportamiento previo porque no tenga viñedo abandonado, plantaciones ilegales o no autorizadas y que no haya incumplido algún compromiso obligatorio para la concesión de la autorización.

MODIFICACIONES EN EL PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR

También se ha aprobado un Real Decreto que sustituye la normativa vigente en materia de aplicación del Programa de Apoyo al sector vitivinícola español para el periodo 2019-2023, que incluye medidas de promoción en terceros países, reestructuración y reconversión de viñedos (incluida la replantación por motivos sanitarios), inversiones, cosecha en verde y destilación de subproductos.

 Este nuevo Real Decreto tiene por objeto clarificar y adecuar la norma española a las modificaciones del Programa de Apoyo al sector vitivinícola 2019/2023 remitidas a la Comisión Europea en junio de 2018, con el fin de mejorar su aplicación, así como incluir las recomendaciones efectuadas por la Comisión Europea.

Las modificaciones introducidas en la medida de promoción en terceros países amplían las posibilidades del sector para reforzar acciones en los distintos mercados. Se incluye la definición de mercado de tercer país y se concreta el periodo a contabilizar para establecer la duración máxima de la ayuda. Asimismo, para mejorar la eficacia en la utilización de los fondos, se adelanta el calendario de ejecución de los programas.

En la medida de reestructuración y reconversión de viñedos se adapta el texto a las modificaciones del Programa de Apoyo que se remitieron a la Comisión, con el fin de mejorar su aplicación permitiendo pequeñas modificaciones de las solicitudes sin autorización, y se aclara la redacción de algunos artículos.

 Por otra parte, en la medida de inversiones, se aclaran determinados aspectos relativos al procedimiento aplicable las modificaciones que no requieren autorización y se modifica la puntuación de los criterios de priorización de las solicitudes de ayuda en algunas comunidades autónomas. De esta manera se pretende contribuir de manera más eficaz a la finalidad de aumentar la competitividad de las empresas.

En base a la experiencia adquirida en la aplicación del sistema y con el fin de favorecer el desarrollo de este sector tan importante de la economía española, se han introducido otras novedades que mejoran el procedimiento de concesión de autorizaciones de nuevas plantaciones, como cambios en los requisitos y en la ponderación de las solicitudes
Por último, este Real Decreto recoge modificaciones para adaptar el texto a la nueva normativa comunitaria y para dar mayor claridad en su aplicación, y se actualizan las variedades de uva de vinificación autorizadas. La nueva norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación y será aplicable a la convocatoria de solicitudes de autorizaciones de nuevas plantaciones para 2019.