AUTORIZACIÓN DICLOROPROPOENO

ASAJA informa que se ha resuelto la autorización excepcional para el uso de  productos fitosanitarios formulados con 1.3 Dicloropropeno en explotaciones hortícolas invernadas.

Para todos los cultivos hortícolas de invernadero está autorizado en dos periodos, desde 15 de febrero a 15 de marzo de 2021 y desde 15 de mayo a 13 de agosto de 2021.

Importante: NO está autorizada su mezcla con Cloropicrina para la provincia
de Almería.

Los operadores que efectúen los tratamientos, además del cumplimiento de los requisitos y medidas de mitigación incluidas en las resoluciones, están obligadas a una comunicación previa de los tratamientos a realizar en la semana natural posterior en cada provincia de Andalucía,  junto a la relación de los tratamientos planificados.

Se requiere la realización de un informe previo que justifique la necesidad del tratamiento en los suelos y que no existe ningún método de control alternativo.

IMPORTANTE SÓLO AUTORIZADOS EN EL ROPO

La aplicación de estos dos productos sólo está permitida a operadores inscritos en el Registro Oficial (ROPO) y NO PUEDE SER APLICADO DIRECTAMENTE POR LOS AGRICULTORES.

La aplicación del Dicloropropeno 1.3 sólo se puede realizar en años alternos, por lo que si se hace ahora en 2021 no podrán realizarse el año que viene, es decir, en 2022 y se deberá tener una declaración responsable.

Sanidad Vegetal establece la realización de controles para garantizar el cumplimiento de esta medida.

Más información en el departamento técnico de ASAJA-Almería.

 

CULTIVOS PROTEGIDOS

Calabacín, pepino, judía, tomate, pimiento, berenjena, melón y sandía:
-Primer periodo: Desde el 15 de febrero al 15 de marzo de 2021.
-Segundo periodo: Desde el 15 de mayo al 13 de agosto de 2021.