ASAJA INFORMA SOBRE LAS NOVEDADES EN MATERIA DE EXTRANJERIA

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La modificación del reglamento de la Ley de extranjería entró en vigor el pasado día 16 de agosto de 2022, y con ella gran cantidad de cambios relevantes que afectarán a las relaciones laborales con personal extranjero

Con esta nueva reforma el legislador trata de actualizar la normativa en materia de inmigración que, a grandes rasgos, busca facilitar la incorporación de los trabajadores extranjeros al ámbito laboral.

Para ello, con la reforma del Reglamento de Extranjería se facilita la obtención de permisos de trabajo a través de distintas modificaciones; se crea una nueva figura de arraigo y se flexibiliza los procesos para conceder autorizaciones de trabajo, que afecta tanto a inmigrantes que se encuentran en España en situación irregular como a personas que pueden ser contratadas en su país de origen.

En concreto, se introducen los siguientes cambios:

  • Para facilitar la incorporación al mercado de trabajo de estas personas se actualizan las figuras de arraigo laboral y social, así como la de reagrupación familiar.
  • Se facilita la incorporación al mercado laboral a los extranjeros que estén formándose en España con permiso de residencia por estudios.
  • Se crea una nueva figura de arraigo por formación para permitir a migrantes que lleven dos años en España y quieran formarse en profesiones poco demandadas.
  • Rebaja los requisitos económicos para la reagrupación familiar y permitirá trabajar al cónyuge por cuenta propia y ajena, independientemente del tipo de permiso que tuviera la persona migrante ya presente en España, que si era un condicionante anteriormente.
  • Se añade la posibilidad de perder el permiso de residencia temporal y de larga duración a las personas condenadas por trata o tráfico de personas.
  • La duración de las renovaciones de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena pasan de dos a cuatro años, tanto en los trabajos por cuenta propia como por cuenta ajena.

¿Qué es la figura de arraigo por formación?

La nueva figura de arraigo de formación concede un permiso de residencia por 12 meses a las personas migrantes que hayan permanecido de forma continuada durante mínimo dos años en territorio nacional, si se comprometen a realizar una formación reglada de empleo.

Aunque la persona podrá formarse en el sector o profesión que desee, tendrá más facilidades si lo hace en sectores donde hay más demanda de trabajadores. También son válidas las formaciones ocupacionales que imparte el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Cambios en las figuras de arraigo laboral y social

Se actualizan las figuras de arraigo y de reagrupación familiar:

  • En el caso del arraigo laboral, la obtendrán los extranjeros que acrediten su permanencia continuada en España durante un período mínimo de dos años, carezca de antecedentes penales y demuestre una relación laboral de mínimo 6 meses.
  • En cuanto al arraigo social, el contrato que se presente para solicitar la autorización del residente no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, la reforma mantiene la posibilidad de presentar, en el sector agrario, dos o más contratos con distintos empleadores y concatenados cada uno de ellos.

Facilidades para la permanencia de los estudiantes extranjeros

Finalmente, otro cambio que mejora la normativa se basa en favorecer la permanencia de los estudiantes extranjeros en España, permitiendo que los extranjeros con autorización de residencia por estudios puedan trabajar.

De esta forma, se facilita el empleo a los estudiantes debido a que pueden compaginar la formación con el trabajo, siempre que sea compatible y se superen las 30 horas semanales.

Asimismo, se eliminan también las restricciones para la incorporación de estos estudiantes al mercado laboral tras acabar los estudios (hasta ahora necesitaban haber vivido en España durante 3 años para obtener un permiso de trabajo). Además, una vez acabados los estudios, podrán quedarse un año más sin tener que pedir una ampliación de la estancia en España.

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