El próximo sábado, día 1 de febrero, se abre el plazo para presentar la Solicitud Única de la Política Agrícola Común (PAC) relativa a las ayudas y pagos de 2020. Los agricultores y ganaderos que se beneficien de estos incentivos europeos contarán con tres meses para realizar este trámite, concretamente hasta el 30 de abril. Tras el cierre de este período podrán continuar realizándose modificaciones en las peticiones de ayudas hasta que finalice el mes de mayo.

Atendiendo a los registros de años anteriores, se espera que en Andalucía soliciten las ayudas alrededor de 235.000 productores que, en total, se beneficiarían de unos 1.565 millones de euros sumando incentivos de la PAC y del Programa de Desarrollo Rural (PDR) 2014-2020.

Entre otras subvenciones, la Solicitud Única de la PAC incluye las ayudas agroambientales, cuyos compromisos adquiridos en 2015 se amplían en esta campaña por un año más en lugar de mantener su finalización en 2019. Además, a través de este trámite pueden pedirse también los pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluidos en el PDR.

ASAJA-Almería recuerda que en sus diferentes oficinas se pueden solicitar las diferentes líneas que componen las ayudas de la PAC cuyo plazo estará abierto hasta finales de abril. Pueden pedir cita previa en el 950 29 09 56. Como todos los años la comarca de Los Vélez será la la zona con un mayor número de solicitudes por lo que pueden dirigirse a nuestra oficina de Vélez-Rubio o llamar al 950 30 92 11.

Novedades de 2020

La simplificación administrativa con relación a la aplicación del criterio de agricultor activo es una de las modificaciones de esta campaña con respecto a 2019.

También se flexibilizan los requisitos para establecer la fecha de primera instalación.

Se incluye la obligatoriedad de que el agricultor declare el destino de los restos vegetales, subproductos y residuos procedentes de su actividad tras la cosecha o como consecuencia de labores de mantenimiento de los cultivos permanentes. De igual modo, los titulares de explotaciones dedicadas al cultivo de leñosos, excepto las de olivar, deberán indicar el número de árboles existentes.