El Consejo de Ministros ha aprobado  un Real Decreto por el que se aplica en España el Reglamento de la Comisión que permite efectuar el pago escalonado de la tasa láctea correspondiente al periodo 2014 – 2015.

El pago escalonado se puede realizar en tres plazos sin intereses. El primero de ellos hasta el 30 de septiembre de 2015, con el pago de al menos un tercio del total. El segundo plazo hasta el 30 de septiembre de 2016, con el pago también de al menos un tercio del total y el tercer plazo hasta el 30 de septiembre de 2017 con el último tercio del total.

El pago de la tasa se efectuará por los compradores y por los ganaderos de venta directa. En el caso de los compradores, deberán repercutir a los productores las cantidades en los mismos porcentajes en los que hayan hecho los pagos.

El pago escalonado se contempla como un derecho del ganadero, no como una obligación, por lo que si no quieren acogerse a esta posibilidad basta con manifestar su voluntad en contra, o bien hacer el pago de la cantidad adeudada de una sola vez antes del 30 de septiembre de 2015.

 Este pago escalonado permitirá a los ganaderos con dificultades financieras hacer frente al pago de la tasa siguiendo un nuevo calendario de ingreso, con ello se aliviará la carga financiera que supondría hacerlo exclusivamente en este año 2015.

 Los ganaderos, al no tener que pagar interés alguno por este escalonamiento, podrán disponer de más recursos económicos para afrontar los gastos habituales de funcionamiento de sus explotaciones y evitar  recurrir a una financiación ajena.

Publicado: 13 Julio 2015