El nuevo Reglamento de la Caza en Andalucía acaba de entrar en vigor tras su publicación hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La norma, que sustituye a la que se encontraba vigente desde 2005, fue aprobada el pasado 25 de julio en el Consejo de Gobierno y establece las bases para el aprovechamiento sostenible de los hábitats y recursos cinegéticos, introduce medidas de agilización administrativa y da respuesta a las demandas de esta actividad. Actualmente la caza suma más de 250.000 licencias en la comunidad, proporciona 47.700 jornales al año y tiene un movimiento económico valorado en unos 71,65 millones de euros anuales, sin contar con los beneficios indirectos.

El reglamento se adapta a los últimos cambios en la legislación europea profundizando en el fomento de una caza responsable, sostenible y compatible con los nuevos y crecientes usos del medio natural andaluz. Como principal medida de simplificación de trámites, se introduce la corresponsabilidad de los titulares y gestores cinegéticos a través de un régimen de declaraciones responsables en procedimientos como la constitución de los cotos, los cambios de titularidad de los mismos y las monterías, ganchos y batidas. Una comunicación previa, con quince días de antelación y verificable a través de inspecciones posteriores, sustituirá a las anteriores autorizaciones administrativas.

Los planes técnicos de caza, instrumentos básicos para asegurar el aprovechamiento sostenible de los más de 7.500 cotos andaluces, podrán ahora renovarse y adaptarse en lugar de elaborar otros nuevos tras su periodo de desarrollo. Esta vigencia se amplía de cuatro a cinco años. Asimismo, la presentación de los documentos deberá realizarse exclusivamente por vía telemática. Entre otros aspectos, los planes técnicos incluyen medidas relativas a repoblaciones de especies, capturas en vivo, sueltas y control de daños.

En relación con los terrenos cinegéticos la nueva regulación establece tres tipos de escenarios de caza: los destinados a la deportiva sin ánimo de lucro; los de adiestramiento de perros y aves de cetrería, y los que requieren mayor superficie para la práctica de modalidades más intensivas. Se amplía y mejora de este modo la tipología de la anterior normativa, que sólo distinguía entre escenarios deportivos y de campeo de perros.

En las normas relativas a cercados se introducen nuevas exigencias para los no cinegéticos que se sitúan en el interior de los cotos, con el fin de evitar prácticas incompatibles con una actividad sostenible y garantizar la movilidad de los animales. Para este tipo de cercas parciales, que protegen cultivos, ganados, reforestaciones o infraestructuras viarias.

Las modalidades se regulan con mayor detalle, además de introducir en la regulación tipologías tradicionales como las de perdiz roja con reclamo, perros de madriguera y ‘a diente en mano’ en la caza menor, y las de batidas de gestión y aguardo nocturno en caza mayor. De igual modo, se establecen nuevos requisitos destinados a la protección de la integridad física de las personas que participan en las actividades colectivas de la caza. Estas medidas de seguridad incluyen, entre otros aspectos, la distancia mínima entre puestos, el uso de prendas reflectantes y la señalización de caminos públicos.

Otra de las novedades que introduce la norma es la eliminación del carné de taxidermista, ya que la regulación se centra ahora en los talleres donde se desarrolla esta actividad, que deberán estar inscritos en el Registro Andaluz de Aprovechamientos de Flora y Fauna Silvestre con el fin de controlar el origen de los trofeos o piezas de caza desde el punto de vista legal y de seguridad sanitaria.

Consulta el reglamento en este enlace:

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2017/149/5