Publicado el Reglamento de Ejecución (UE) no 129/2013 en lo que atañe a la ayuda nacional transitoria que debe concederse a los agricultores en 2013, y el Reglamento (CE) no 1122/2009, en lo que atañe a la reducción relativa al ajuste voluntario de los pagos directos en 2013.
Se establece que cuando, en un sector dado, las ayudas directas nacionales complementarias o la ayuda nacional transitoria superen el límite máximo autorizado por la Comisión de conformidad con el artículo 132, apartado 7, o el artículo 133 bis, apartado 5, del Reglamento (CE) n o 73/2009, el porcentaje correspondiente a las ayudas directas nacionales complementarias o a la ayuda nacional transitoria de dicho sector se reducirá proporcionalmente mediante la aplicación de un coeficiente de reducción.