Se prorrogan hasta el 30 de septiembre de 2020, las medidas extraordinarias para promover el empleo temporal agrario, contempladas en el Real Decreto-Ley 13/2020, que establecía su vigencia hasta el 30 de junio.
El Real-Decreto Ley hoy aprobado establece también para las empresas y los empleadores, la obligación de comunicar a los servicios públicos de empleo autonómicos, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su concertación, las contrataciones cuya vigencia se acuerde prorrogar, indicando la nueva fecha de finalización.
Para asegurar la correcta aplicación de la normativa, las delegaciones y, en su caso las subdelegaciones del Gobierno establecerán los mecanismos de coordinación precisos con el Servicio Nacional de Empleo, comunidades autónomas y agentes sociales.
Por otra parte, y en lo relativo a los jóvenes extranjeros en situación regular con autorización de residencia no lucrativa que se acogieron al Real Decreto ley 13/2020, se incluye una disposición adicional que permitirá que tras la finalización de la vigencia de su permiso de trabajo actual, puedan acceder a una autorización de residencia y trabajo. Ésta tendrá una vigencia de dos años, renovable por otros dos.
También se especifica que en las explotaciones con más de un titular se pueda contratar proporcionalmente a más trabajadores a efectos de poder quedar incluido en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios. Con esta medida se trata de favorecer que las explotaciones familiares puedan dimensionarse adecuadamente. Se dota así de mayor flexibilidad en la contratación si comparten varios titulares la misma explotación. Hasta ahora se podía contratar dos trabajadores y ahora se permitirá incrementar uno por cada nuevo titular.