El REDEME es un régimen excepcional del IVA, el cual tiene como objetivo poder solicitar la devolución de IVA de forma mensual, en vez de solicitarla a final de cada año.
Actualmente, la mayoría de los sujetos pasivos, con independencia de la actividad que desarrollen, así como del volumen de la misma, y de forma voluntaria pueden acogerse al mismo. Puedes informarte a través del departamento de administración y asesoría fiscal y contable de ASAJA.
Requisitos básicos para solicitar la inscripción en el registro.
- Solicitar la inscripción en el registro en plazo mediante la presentación de la declaración censal correspondiente.
- No realizar actividades que tributen en el régimen simplificado.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
- No haber sido excluido del Registro en los 3 años previos al de presentación de solicitud de alta.
- Las solicitudes de inscripción en el registro se presentarán en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deban surtir efectos.
La inscripción en el registro se realizará desde el día 1 de enero del año en el que deba surtir efectos.
Aquellos sujetos pasivos que decidan acogerse al REDEME, están obligados a la llevanza de sus libros registro del IVA a través del Suministro Inmediato de Información (SII), el cual se hará a través de la Sede Electrónica de AEAT.
¿Qué es el SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACION (SII)?
Es un sistema de información inmediata implantada con carácter obligatorio, desde el 1 de julio de 2017, para aquellos sujetos pasivos que tienen la obligación de autoliquidar el IVA de forma mensual:
- Los inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del Iva).
- Las grandes empresas (con facturación superior a 6 millones de €).
- Grupos de Iva.
- Aquellos que quieran, de forma voluntaria, acogerse al mismo.
Los mismos están obligados a través de la sede electrónica a llevar los siguientes registros de facturación:
- Libro registro de facturas expedidas
- Libro registro de facturas recibidas
- Libro registro de bienes de inversión.
- Libro de determinadas operaciones intracomunitarias.