¿Qué es el Leasing? Son muchos los socios que se ponen en contacto con el departamento de administración, contable y fiscal de ASAJA para realizarnos consultas sobre si les interesa adquirir un bien mediante leasing o no. Para contestar a esta cuestión hay que analizar cada caso en concreto, pues habrá que ver las ventajas fiscales que cada empresario puede aplicarse.
Primero veamos en que consiste el leasing. Según el Plan General de Contabilidad un Leasing o arrendamiento (financiero u operativo) es cualquier acuerdo, con independencia de su instrumentación jurídica, por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma única de dinero o una serie de pagos o cuotas, el derecho a utilizar un activo durante un periodo de tiempo determinado. En otras palabras, básicamente, en el leasing el arrendador traspasa al arrendatario el derecho a usar un bien (un coche, una máquina, un local…) durante un plazo determinado a cambio del pago de una renta. Pasado ese plazo, el arrendatario puede elegir entre comprar dicho bien pagando un importe extra, devolverlo o renovar el contrato.
¿Pero qué ventajas fiscales tiene un leasing?
Las ventajas fiscales se aplicarán en la declaración de la Renta, si se trata de un autónomo persona física, y en el Impuesto de Sociedades si se trata de una empresa o persona jurídica.
La principal ventaja está en que las cuotas del leasing son deducibles en cada ejercicio, además, el IVA se devenga de cada cuota, con lo que se puede ir compensando progresivamente.
Otra ventaja importante es que se puede financiar el 100% del valor de la adquisición.
Recuerda que para estas cuestiones ASAJA tiene en marcha un departamento específico que se ocupa de la gestión fiscal y financiera de empresas y autónomos.
Infórmate en nuestras oficinas o en el 950 29 09 56