La convocatoria está abierta para todo el marco 2019-2023. El plazo para la solicitud se cierra el 14 de enero
Podrán presentar solicitudes para acogerse a la financiación de las medidas de promoción en terceros países:
- Empresas vinícolas.
- Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas, definidas de acuerdo a los artículos 152 y 156 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre.
- Organizaciones interprofesionales definidas y reconocidas en el ámbito nacional
- Organizaciones profesionales: se entenderá como organizaciones profesionales aquellas que ejerzan su actividad mayoritariamente en el sector del vino, y que estén reconocidas en el ámbito nacional de acuerdo con la normativa vigente, y que tengan entre sus fines estatuarios la realización de actividades de promoción.
- Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas vínicas, así como sus asociaciones.
- Las asociaciones temporales o permanentes de productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
- Cooperativas que comercializan vinos elaborados por ellas o por sus asociados.
- Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.
- Los Organismos Públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.
Acciones Subvencionables
Dentro del marco de un programa, se subvencionan las siguientes acciones y medidas:
1. Relaciones públicas y medidas de promoción y publicidad que destaquen en particular las ventajas de los productos de la Unión Europea en términos de calidad, seguridad alimentaria y respeto al medio ambiente.
- Misiones comerciales.
- Campañas publicitarias de naturaleza diversa (TV, radio, prensa, eventos, etc.).
- Promociones en puntos de venta.
- Portales web para promoción exterior, redes sociales.
- Misiones inversas.
- Oficinas de información.
- Gabinete de prensa.
- Presentaciones de producto, catas.
2. Participación en manifestaciones, ferias y exposiciones de importancia internacional. Ferias y exposiciones internacionales, etc., Sectoriales o generales, profesionales y de consumidores.
- Catas.
3. Campañas de información, en particular sobre los sistemas de la Unión Europea de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y producción ecológicas.
- Encuentros empresariales, profesionales, líderes de opinión y consumidores.
- Jornadas, seminarios, catas, degustaciones, etc.
4. Estudios de nuevos mercados, necesarios para la búsqueda de nuevas salidas comerciales.
- Estudios e informes de mercado.
5. Evaluación de los resultados de las medidas de promoción e información.
- Estudios de evaluación de resultados de las medidas de promoción.
Los programas podrán tener una duración máxima de tres años para un determinado beneficiario en un tercer país o mercado de un tercer país. No obstante, si los efectos del programa lo justifican, se podrá prorrogar una vez por un máximo de dos años, o dos veces por un máximo de un año cada prórroga, previa solicitud.
Los productos admisibles son:
- Vino.
- Vino de licor.
- Vino espumoso.
- Vino espumoso de calidad.
- Vino espumoso aromático de calidad.
- Vino de aguja.
- Vino de aguja gasificado.
- Vino de uvas pasificadas.
- Vino de uvas sobremaduradas.
- Vinos ecológicos.
Deberán ser productos destinados al consumo directo, que cuenten con posibilidades de exportación o de nuevas salidas comerciales en terceros países y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:
- Vinos con denominación de origen protegida.
- Vinos con indicación geográfica protegida.
- Vinos en los que se indique la variedad o variedades de uva de vinificación.
Todos los países terceros son admisibles, siendo prioritarios los enumerados en el anexo III del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.