Es las tareas agrícolas es habitual que se subcontraten ciertos trabajos o servicios y sobre este aspecto debemos recordar que el propietario de la explotación debe también cumplir con la normativa de prevención y coordinar y vigilar la seguridad, es lo que se conoce en materia preventiva como coordinación de actividades empresariales.

Desde ASAJA recordamos que en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se menciona por primera vez la obligación de llevar a cabo dicha coordinación. En este artículo se indica que, cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades de dos o más empresas, éstas deben cooperar en la aplicación de la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales. Un ejemplo de esto  lo tenemos con  las empresas que un agricultor contrata para que le cambien los plásticos, le repare el invernadero, cuadrillas que se subcontrate para recogida de sandías, una empresa de electricidad que vaya a hacer una inspección de las instalaciones… es decir, la cooperación y la información entre el agricultor/empresa y las empresas o trabajadores subcontratados es fundamental y deberán presentar todas por escrito  la siguiente información:

-Empresas subcontratadas: Tienen la obligación de informar de todos los riesgos de su actividad que pueden afectar a terceros.Es decir, por ejemplo, la empresa que va a cambiar los plásticos, tiene que informar por escrito de los riesgos que hay cambiando los plásticos, así como las medidas de prevención que van a tomar para que dicho riesgo sea menor , para que otras empresas, o los trabajadores del agricultor sepan como actuar en ese caso.

-Empresa principal(agricultor o propietario de la finca): Debe informar a las empresas subcontratadas sobre los riesgos existentes en el centro de trabajo que les pueden afectar, las medidas de prevención y de las actuaciones en caso de emergencia. También, tras tener la información de las empresas subcontratadas, se dará instrucciones sobre los riesgos existentes al coincidir varias empresas subcontratadas en el centro de trabajo, así como las medidas de emergencia. Por ejemplo, el agricultor deberá informar a la empresa que recoge sandías de si en su explotación hay bancales a distinto nivel, y cómo tienen que pasar de un bancal a otro, o por dónde no tienen que pasar porque haya torillos retirando arcones de sandías…

ASAJA recuerda que el incumplimiento de esta obligación de informar y de tener relleno y firmado el documento por escrito se considera infracción muy grave, y como tal será sancionada en caso de una inspección.

Recordamos como siempre que en las oficinas de la Organización disponemos de un servicio específico dirigido a nuestros asociados. Para más información llamen al 950 29 09 56

Esta plantilla se encuentra en el libro de prevención de riesgos laborales, ubicada al final del bloque “prevención de riesgos”.