La Consejería de Agricultura ha autorizado excepcionalmente el uso de piensos y forrajes convencionales para alimentar de forma adicional al ganado ecológico.

La resolución del Gobierno de Andalucía especifica que esta autorización es de aplicación en las explotaciones ganaderas ecológicas de todo el territorio andaluz al constatarse que la sequía en pastos afecta a la práctica totalidad de la comunidad autónoma y que esta situación está causando escasez de forrajes y un descenso en la producción de pastos.

El permiso temporal y excepcional de uso de alimento convencional se extenderá hasta el próximo 30 de noviembre, si bien la propia resolución de la Consejería señala que la autorización quedaría suspendida en el caso de cesar la sequía y los animales puedan alimentarse con productos ecológicos, igual que podría ampliarse en función de que persista la falta de lluvias.

La resolución que autoriza la alimentación convencional para producciones ganaderas ecológicas de las especies de herbívoros recoge que únicamente se podrán usar materias primas que se elaboren sin utilizar disolventes químicos y que no cuenten con organismos modificados genéticamente o productos derivados de ellos.

Además, este permiso excepcional también afecta a la apicultura ecológica que podrá alimentar las colmenas de forma artificial con miel producida ecológicamente y, de forma preferente, de la misma unidad ecológica, azúcar ecológico o jarabe de azúcar ecológico. Sólo se podrá emplear alimentación artificial entre la última recolección de la miel y los 15 días anteriores al siguiente periodo de afluencia de néctar y de mielada.

Por último, la resolución indica que todo ganadero que haga uso de este permiso para aliviar los efectos de la sequía deberá comunicarlo a su organismo de control mediante el modelo establecido al efecto y disponible en la web de la Consejería, además de guardar un registro documental de los suministros de alimentos no ecológicos que se usen durante el periodo de excepcionalidad, al objeto de que los organismos de control que supervisarán la aplicación de esta medida puedan garantizar que el productor adquiere solo el alimento necesario destinado a sus animales durante el tiempo de carestía y no más allá.