ASAJA informa de que se han publicado la Orden por la que se desarrolla y establece los municipios que se pueden accoger a las medidas  para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los meses de enero, febrero y marzo de 2015, cuya Orden fue publicada a principios de marzo.

Se trata de ayudas destinadas a paliar daños registrados entre otros, en las explotaciones agrarias afectadas por estos fenómenos.

Las ayudas se dirigen a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas que, teniendo pólizas amparadas por el Plan de Seguros Agrarios  hayan sufrido daños en elementos afectos a la explotación que no sean asegurables. En estos casos, se podrá conceder una subvención de hasta el 70% de los daños valorados por un perito colegiado, hasta un importe máximo de 8.000 euros.

Podrá computarse como gasto subvencionable los honorarios derivados de la elaboración del informe hasta un máximo de 300 euros.
Estas se presentarán en el plazo de dos meses, contados a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley (7 marzo)  por lo que se cierran el próximo 7 de mayo.
Serán objeto de ayuda:
a)Los daños registrados en las explotaciones agrícolas y ganaderas para las que en las fechas del siniestro no hubiera iniciado el periodo de suscripción del correspondiente seguro, o éste no hubiere finalizado y que no hubieran formalizado aún la póliza para esta campaña, siempre y cuando se hubiese contratado el seguro para dicha producción y cultivo en la campaña anterior.
b) Los daños sobre las producciones agrícolas y ganaderas que, teniendo póliza en vigor para dichas producciones amparada por el sistema de seguros agrarios combinados, no estuvieran garantizados por dicho sistema.
c) Los daños originados en las producciones agrícolas y ganaderas no incluidas en el vigente Plan de Seguros Agrarios Combinados
Se consideran gastos subvencionables los siguientes tipos de daños:

–Limpieza, desescombro, eliminación de grava y otros materiales sobrevenidos.
–Reposición de tierra por pérdida de la capa arable.
–Pérdida definitiva de suelo y de capacidad productiva.
–Pérdidas o daños en bancales, terrazas, muros y otros elementos de formación de las parcelas y de freno de la erosión.
–Acequias, canales y compuertas.
–Conducciones enterradas de tuberías.
–Caminos de acceso a las diferentes parcelas e instalaciones.
–Depósitos de combustible o de otro tipo.
–Redes eléctricas de alta y baja tensión, desde el transformador al pozo o a otros elementos de la explotación.
–Daños en casetas.
MUNICIPIOS INCLUIDOS: Adra, Albox, Almería, Berja, El Ejido, La Mojonera, Roquetas de Mar y Somontín.
Si desean más información o quieren acogerse a estas ayudas contacten con las oficinas de ASAJA
TLF 950 29 09 56
Publicado: 20 Abril 2015