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¿Te han concedido la ayuda de incorporación de jóvenes agricultores 2024? Estos son los pasos que debes seguir
La publicación de la resolución de concesión de las ayudas para la incorporación de jóvenes agricultores y ganaderos de Andalucía supone el inicio de una nueva etapa para los beneficiarios. Sin embargo, recibir la resolución favorable es solo el primer paso. A partir de este momento es fundamental cumplir con una serie de trámites, plazos y compromisos para poder cobrar la totalidad de la ayuda y evitar posibles incidencias.
Desde ASAJA Almería se está prestando asesoramiento a los jóvenes incorporados para facilitar el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la Junta de Andalucía.
Primer pago: 25% de la ayuda aprobada
El primer pago corresponde al 25% del importe total concedido.
¿Cuándo se cobra?
Se abonará inmediatamente después de dictarse y publicarse la resolución de concesión, siempre que la ayuda haya sido aceptada formalmente por la persona beneficiaria.
Plazo para solicitarlo
La solicitud de pago debe presentarse en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la resolución de concesión.
Es importante no dejar transcurrir este plazo para evitar problemas en la tramitación de la ayuda.
Segundo pago: 50% de la ayuda aprobada
Para acceder al segundo pago, equivalente al 50% de la ayuda concedida, es necesario acreditar varios hitos fundamentales relacionados con el inicio efectivo de la actividad agraria.
Requisitos para solicitar el segundo pago
Los beneficiarios deberán justificar:
- Alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA) o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la actividad agraria.
- Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (Hacienda).
- Alta como titular de la explotación en el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (REAFA) o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
- Disponer, cuando proceda, de los permisos y licencias necesarios para desarrollar la actividad prevista en el Plan Empresarial.
Plazo de justificación
La documentación podrá presentarse desde el día siguiente a la solicitud del primer pago y hasta tres meses después de haber alcanzado los requisitos exigidos.
Si alguno de estos requisitos ya se hubiera cumplido con anterioridad, el plazo contará desde la publicación de la resolución de concesión.
Tercer pago: 25% restante de la ayuda
El último pago, correspondiente al 25% restante, está vinculado a la correcta ejecución del Plan Empresarial aprobado.
Requisitos para cobrar el tercer pago
Será necesario acreditar:
1. Capacitación profesional suficiente
El beneficiario deberá haber alcanzado la formación exigida en la convocatoria.
2. Cumplimiento de los requisitos de viabilidad económica
Será necesario alcanzar las Unidades de Trabajo Agrario (UTA) y los niveles de renta agraria comprometidos en el expediente.
Para ello deberá haberse completado al menos un ciclo productivo y comercializado la producción obtenida.
3. Cumplimiento de los incrementos de prima concedidos
Aquellos expedientes que hayan obtenido incrementos sobre la prima base deberán justificar que mantienen las circunstancias que dieron lugar a dicha puntuación adicional.
4. Cumplimiento de los compromisos adquiridos
Se deberán alcanzar los objetivos comprometidos durante la fase de solicitud y que sirvieron para obtener puntuación en los criterios de valoración.
5. Contratación del seguro agrario
Será obligatorio contratar un seguro agrario combinado en los términos establecidos por la convocatoria.
¿Cuál es el plazo máximo para ejecutar el Plan Empresarial?
La ejecución completa del Plan Empresarial deberá realizarse en un plazo máximo de 36 meses desde la publicación de la resolución de concesión.
No obstante, en el caso de nuevas plantaciones de cultivos permanentes, este plazo podrá ampliarse hasta cinco años.
Plazo para justificar el tercer pago
La solicitud podrá presentarse desde el día siguiente a la solicitud del segundo pago y hasta tres meses después de la finalización del plazo máximo de ejecución.
ASAJA Almería resuelve las dudas de los jóvenes agricultores
Con el objetivo de informar a los beneficiarios sobre todos estos trámites, ASAJA Almería ha celebrado recientemente reuniones informativas en El Viso y El Alquián, donde técnicos especializados han explicado los plazos, requisitos y compromisos que deben cumplir los jóvenes incorporados para cobrar la totalidad de la ayuda.
Durante estos encuentros se han resuelto numerosas dudas relacionadas con los pagos, las altas obligatorias, la ejecución del Plan Empresarial y las obligaciones que deberán mantenerse durante los próximos años.
Desde ASAJA Almería se recomienda a todos los beneficiarios revisar detenidamente su resolución y comenzar cuanto antes los trámites necesarios para cumplir los hitos exigidos por la Junta de Andalucía dentro de los plazos establecidos.
Preguntas frecuentes sobre la ayuda de jóvenes agricultores 2024
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el primer pago?
Tres meses desde la publicación de la resolución de concesión.
¿Qué necesito para cobrar el segundo pago?
Debes estar dado de alta en RETA o SETA, en Hacienda y en REAFA o REGA, además de disponer de las licencias necesarias en su caso.
¿Cuándo debo ejecutar el Plan Empresarial?
Con carácter general, en un máximo de 36 meses desde la resolución de concesión.
¿Es obligatorio contratar un seguro agrario?
Sí. La contratación de un seguro agrario combinado forma parte de los requisitos para acceder al tercer y último pago de la ayuda.
¿Puede ayudarme ASAJA Almería con la tramitación?
Sí. ASAJA Almería está asesorando a los jóvenes agricultores beneficiarios para cumplir correctamente todos los requisitos y evitar incidencias en el cobro de la ayuda.
Programa Fomento Actividad Agraria en la provincia de Almería llevado a cabo por ASAJA en colaboración con la Diputación Provincial





