A partir de enero de 2025, la Junta de Andalucía actualiza los formularios de solicitud y declaración responsable para quemas agrícolas y forestales según el Decreto 247/2001.
Entrada en vigor: 10 de enero de 2025.
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS:
• 25502: Quema de matorral, pastos y restos vegetales no sujetos a declaración responsable.
• 25503: Quema de restos vegetales forestales en pilas o montones.
• 25504: Quema de restos vegetales agrícolas en zonas de influencia forestal.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?
1. Agricultores y ganaderos: Que realicen actividades que generen restos vegetales en zonas agrícolas o forestales.
2. Propietarios o gestores de terrenos forestales: Interesados en realizar quemas controladas en sus propiedades.
REQUISITOS PRINCIPALES:
1. Documentación obligatoria:
o Plano de situación.
o Memoria justificativa.
o NIF (si aplica representante).
2. Medios de notificación: papel o vía electrónica.
3. Condiciones de la quema:
o Permitida en épocas de peligro bajo de incendios.
o No realizar en días de viento grado 3 o más (escala de Beaufort).
o Supervisión obligatoria hasta dos horas después de la extinción.
o Mínimo un operario por hectárea, con 50 litros de agua por persona.
MEDIDAS DE SEGURIDAD:
• Distancia mínima de residuos a otros combustibles.
• Las pilas no deben exceder 2 metros de altura y deben estar rodeadas por un perímetro limpio de 4 metros.
• Aviso previo al Centro Operativo Provincial.