ASAJA traslada las medidas contempladas en el RD 5/2026 con medidas de apoyo al sector debido a la sucesión de borrascas

El Real Decreto-ley 5/2026 fija las medidas de apoyo al sector agrario y pesquero ante los daños provocados por las borrascas, con especial incidencia en Andalucía y Extremadura.

AYUDA EXTRAORDINARIA PARA COMPENSAR LA PÉRDIDA DE RENTA EN LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS Y ACUÍCOLAS AFECTADAS

En primer lugar contempla una AYUDA EXTRAORDINARIA PARA COMPENSAR LA PÉRDIDA DE RENTA EN LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS Y ACUÍCOLAS AFECTADAS , equivalente al 30% de los ingresos agrarios declarados en 2024, con importes entre 5.000 y 25.000 euros por beneficiario.

El procedimiento de concesión de esta ayuda se iniciará de oficio, debiendo el FEGA publicar el listado en un plazo de 3 meses desde la entrada en vigor del RD.

Requisitos:
-Ser titular de explotación agrícola debidamente inscrita en el Registro autonómico de explotaciones agrarias (REAFA, REGA, ROPEG)

-Estar en uno de los municipios descritos seguidamente.

AYUDA PARA COMPENSAR EL DAÑO NO INDEMNIZADO POR EL SEGURO A LOS TITULARES DE PÓLIZAS DEL SEGURO AGRARIO COMBINADO AFECTADOS


Se compensará el daño no cubierto por el seguro agrario combinado, cubriendo la totalidad de la parte no indemnizada. También se otorgará de oficio.

AYUDA A LA PRIMA DEL SEGURO. Se incrementa hasta el 70% la subvención a la prima del seguro agrario.

MEDIDAS DE RECUPERACIÓN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA A TRAVÉS DE LA RESTAURACIÓN DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURAS ASOCIADAS Y RECUPERACIÓN DE COMUNIDADES DE REGANTES AFECTADAS

-Reparación y acondicionamiento de caminos de uso público de acceso a las diferentes parcelas e instalaciones agrícolas.
Limpieza y si procede reparación de balsas o sistemas de almacenamiento de agua para el riego, acequias, canales y compuertas y otros elementos de la infraestructura de riego afectados, perteneciente a una Comunidad de Regantes. Se recuerda a las Comunidades de Regantes que deben presentar una declaración de daños con anterioridad al 15 de abril de 2026 y a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura

Se habilitarán líneas de financiación ICO-MAPA-SAECA BORRASCAS Y SUBVENCIONES PARA AVALES DE SAECA

EXENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA

Se concede la exención de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al ejercicio 2026 a favor de los bienes inmuebles de naturaleza rústica que sean propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, y que estén afectos al desarrollo de tales explotaciones, siempre que los titulares de dichas explotaciones hayan sufrido en el ejercicio 2026, una reducción del rendimiento neto de las actividades agrarias de, al menos, un 20 por ciento con respecto a la media de los últimos tres años en zonas con limitaciones naturales

MUNICIPIOS DE ALMERÍA INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL DECRETO

Antas, Bédar, Cuevas del Almanzora, Los Gallardos, Garrucha, Huércal-Overa, Mojácar, Pulpí, Turre, Vera, Alcudia de Monteagud, Benitagla, Benizalón, Castro de Filabres, Lubrín, Lucainena de las Torres, Olula de Castro, Senés, Sorbas, Tabernas, Tahal, Turrillas, Uleila del Campo, Velefique, Adra, Berja, Dalías, Enix, Felix, Roquetas de Mar, Vícar, El Ejido, La Mojonera, Balanegra, Benahadux, Carboneras, Gádor, Huércal de Almería, Níjar, Pechina, Rioja, Santa Fe de Mondújar, Viator y término municipal de Almería capital.

ASAJA ha reclamado al Ministerio de Agricultura la inclusión de las zonas de la provincia injustamente excluidas de las ayudas como son Los Vélez, Campo de Tabernas, Alto y Bajo Almanzora, Río Nacimiento y Alpujarra almeriense.

IMPORTANTE: REALIZAR INFORMES DE VALORACIÓN DE DAÑOS

ASAJA recuerda que tiene a disposición de los agricultores y ganaderos sus oficinas para ayudarles en los trámites
que necesiten para valorar y cuantificar los daños sufridos.


En este sentido recordar que nuestros técnicos pueden ayudarles en la presentación de la Declaración responsable de daños para presentarla ante la Delegación de Agricultura, y además para la realización de los informes técnicos de valoración de daños.

LO QUE DEBES SABER SOBRE LOS INFORMES TÉCNICOS DE VALORACIÓN DE DAÑOS


Estos informes técnicos de daños pueden presentarse ante Hacienda por aquellos que estén en estimación objetiva o
módulos para recoger todos los daños que se generen por circunstancias excepcionales que provoquen gastos extraordinarios para lo que conseguiremos una reducción del rendimiento neto en el importe de estos gastos provocados por estos daños en la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2026.

Es importante señalar que disponemos de 1 mes para su presentación una vez ocurrido el siniestro junto con los documentos que justifican los gastos extraordinarios, debiendo acompañarse de fotografías que validen lo que se describe en el informe, que pueden realizar en las oficinas de ASAJA.

Información recogida en el Programa de Fomento de la Actividad Agraria en la provincia de Almería 2026 en colaboración con la Excma. Diputación Provincial.