ASAJA quiere recordar varios aspectos sobre la subvención existente en los seguros agrarios.

Por un lado está la cantidad establecida por el Ministerio de Agricultur a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), y por otro lado está la cantidad fijada por cada Comunidad Autónoma, que en el caso de Andalucía lo que se hace  fijarla a posteriori una vez hecho el seguro, ya que el hecho de tener contratada la póliza hace las funciones de solicitud y la Junta de Andalucía fija su parte de subvención.

Pero para poder beneficiarnos de esta subvención de ENESA sobre el coste del seguro tenemos que tener en cuenta que, en primer lugar, los titulares de las pólizas tienen que estar dentro de la Base de Datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones. ¿Qué ocurre?

– Que para poder estar en esa Bases de datos tenemos que estar al corriente de pagos con Hacienda, Seguridad Social o otras Administraciones, quienes tengan deudas una vez estando dentro de la Bases de Datos constarán como “no subvencionables” y no podrán percibir estas subvenciones, debiendo resolver la incidencia para volver a estar inscritos.

– También si nunca antes hemos hecho una póliza de seguro o solicitado alguna subvención como las de la PAC no estaremos dentro de esta Base de datos por lo que deberemos  presentar la solicitud de alta para la inscripción en la base de datos.

Pero ASAJA advierte de que este trámite no es inmediato, ENESA tarda unos 5 días hábiles en responder por lo que deberemos solicitar la inscripción con una antelación mínima de seis días hábiles antes de la fecha de finalización del período de suscripción de la línea de Seguro Agrario correspondiente. Este trámite puede hacerse desde nuestras oficinas.

Otra cuestión que a menudo surge ¿la subvención es la misma para todos? No, pues por ejemplo existen recargos debido a una alta siniestralidad.

Salvo en aquellas pólizas y garantías a las que le sea de aplicación una subvención única, la subvención aplicable estará compuesta por: una subvención base, y una subvención adicional en la que influyen diferentes factores como las características del asegurado, hay un porcentaje de subvención adicional por continuidad del aseguramiento,  fraccionamiento del pago, por prácticas para la reducción del riesgo y por condiciones productivas etc.

ENESA ha resuelto POSITIVAMENTE mi solicitud de alta o revisión de la inscripción en la Base de Datos CIAS. ¿Esta resolución es permanente?
No. La resolución de ENESA es válida en tanto:
-no se realicen actuaciones de investigación posteriores que verifiquen lo contrario (por ejemplo, una revisión de la Base de Datos CIAS), o no se reciba una notificación por parte de otras Administraciones indicando un cambio en la situación del expediente.