El departamento laboral de ASAJA-Almería recuerda que desde el 3 de diciembre se puede solicitar a Hacienda la devolución en el IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad. Esa devolución responde a que el Tribunal Supremo declaró exentas del pago de IRPF las prestaciones por maternidad y paternidad percibidas de la Seguridad Social con carácter retroactivo para prestaciones recibidas desde el 2014.

Para ello deben dirigirse si lo desean a las oficinas de ASAJA para rellenar la solicitud. El formulario disponible se dirige a los padres y madres que hayan recibido prestación en el 2014 y el 2015. Para las devoluciones relacionadas con las prestaciones del 2016 y el 2017, el procedimiento se pone en marcha en enero del 2019 y los de 2018 ya se incluirá en la declaración de la renta del próximo año.

Para aquellos que se hayan apresurado a hacer la reclamación antes del 3 de diciembre se prevé que el trámite pueda ser algo más lento que el habilitado con el formulario adecuado con posterioridad a esa fecha.

Con carácter general, sólo hay obligación de hacer la declaración del IRPF cuando se han percibido rentas por encima de 14.000 euros anuales (si ha habido varios pagadores), 12.000 hasta que se aprobaron los Presupuestos del 2018. La sentencia introduce una nueva distorsión en este cálculo, ya que con un solo pagador (la prestación deja de tener ese papel) el límite está establecido en 22.000 euros anuales.

Para cualquier duda o más información no duden en contactar con ASAJA-Almería en cualquier oficina.